Consultoria Dataservant

Canal de denuncia

Cumpla con la normativa europea «Whistleblowing» y con la Ley 2/2023

Qué es un canal de denuncia

Es un buzón o cauce para recepción de información, por tanto un sistema interno de información de una entidad comprometida con la transparencia y la ética.

Dentro del cumplimiento normativo para empresas, la entrada en vigor de la Directiva Whistleblowing y de la Ley 2/2023 reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, obligan a empresas y entidades a habilitar un canal de denuncias o canal interno de información.

El objetivo es que los miembros de la empresa y aquellas personas externas, pero vinculadas a la misma, puedan formular denuncias de forma anónima. También para informar a la empresa sobre comportamientos alejados de la ética o presuntamente ilegales. Todo ello para imposibilitar posibles comportamientos irregulares. A modo de ejemplo, se pueden denunciar desde situaciones de acoso laboral a blanqueo de capitales, conductas contra el código ético o contra los procedimientos establecidos de la empresa, etc.

La confidencialidad es el criterio general que respalda el canal de denuncia, bajo los principios de la Ley de Protección de Datos. Solo podrá tener acceso a los datos la persona (o comité) encargada de realizar la supervisión y seguimiento de las denuncias. A su vez, la directiva 2019/1937 contempla la posibilidad de que se pueda externalizar el servicio.

Te ayudamos a cumplir con la normativa del canal de denuncias

Qué empresas deben tener un canal de denuncia

  • Las empresas con 50 trabajadores o más.
  • Empresas afectadas por la Ley de Blanqueo de Capitales (independientemente de su número de empleados):
    • Profesionales independientes del sector jurídico y económico: asesores fiscales, auditores de cuentas, contables externos, despachos de abogados, procuradores, notarios y registradores de la propiedad, etc.
    • Entidades Financieras, empresas de servicios de inversión, entidades de crédito, profesionales de cambio de moneda y entidades de dinero electrónico.
    • Corredores de seguros y entidades aseguradoras ramo de vida.
    • Fundaciones y asociaciones.
    • Comerciantes de joyas, arte, antigüedades.
    • Entidades gestoras de fondos de pensiones.
    • Sociedades de garantía recíproca.
    • Empresas mercantiles y de bienes inmuebles.
    • Agentes de la propiedad inmobiliaria (API).
    • Casinos de juego y empresas de comercialización de loterías
    • Servicios postales de giro y transferencia.
  • Empresas dedicadas a productos y mercados financieros.
  • Empresas dedicadas a la seguridad en el transporte.
  • Empresas afectadas por leyes de protección del medio ambiente.
  • Empresas con un programa de compliance (cumplimiento normativo), puesto que el canal de denuncia es uno de los elementos del mismo.
  • Empresas con Plan de Igualdad, puesto que deben implementar un canal de denuncia del acoso laboral.
  • Empresas o entidades del ámbito deportivo, ocio o educativo, cuando cuenten con la presencia de menores, para reportar situaciones de acoso o violencia.
  • Los partidos políticos, los sindicatos, las organizaciones empresariales y las fundaciones creadas por unos y otros, siempre que reciban o gestionen fondos públicos.
  • Residencias de la tercera edad con participación pública.
  • Corporaciones de Derecho público, como por ejemplo los Colegios Profesionales.
  • Universidades públicas.
  • Fundaciones del sector público.
  • Las entidades públicas de municipios con más de 10.000 habitantes.

Nuestro plan de acción

01

Transparencia: Fomenta la confianza entre empleados, clientes y stakeholders.

02

Prevención y resolución: Detecta y aborda tempranamente posibles problemas internos.

03

Cumplimiento normativo: Evita sanciones y multas por incumplimiento legal.

04

Facilidad de uso: Confidencialidad absoluta.

05

Ahorre dinero con la mejor solución.

06

Calidad y Profesionalidad aseguradas.

Ayudamos a tu empresa

En DATASERVANT podemos ayudarte a incorporar e implementar tu canal de denuncias de una forma sencilla y rápida, cumpliendo con todos los requisitos establecidos por la ley.

Buscando la máxima sencillez y seguridad, podrás llevar de forma automática y organizada la gestión y el control del canal de denuncias de tu organización.

Cómo es nuestro canal de denuncia

  • Es una herramienta esencial para recepción y gestión de información, válida para cualquier tamaño de entidad pública o privada.
  • Uso sencillo, garantía de confidencialidad, eficacia en el seguimiento, investigación y protección del informante.
  • Contiene los elementos necesarios para una actuación diligente y eficaz en el seno de la propia organización, que permita paralizar las consecuencias perjudiciales de las actuaciones investigadas.
  • Las comunicaciones desde cualquier dispositivo, ya sean escritas, mediante voz, mensaje de texto o incluso video, son recibidas en el momento, lanzando el aviso a las personas responsables de forma inmediata.
  • Se establece una comunicación entre informante y canal, de forma anónima, que permite añadir información, archivos o dudas en el proceso de investigación.
  • De cara a la persona informante o denunciante, nuestro sistema le conduce, de forma sencilla, a través de 4 pasos, de forma que la información obtenida sea lo más completa posible para facilitar el trabajo de investigación posterior.
  • Una vez recibida la información, el responsable o instructor de la investigación (facilitador) contará también con un método ordenado y completo, consistente en pasos evolutivos hasta llegar a la confección del informe de conclusiones.
  • A lo largo del proceso tanto la persona informante como la persona encargada de la instrucción se mantienen en contacto y en conocimiento de la evolución del caso.
  • Confecciona estadísticas e informes de gestión, donde se analizan los casos abiertos, tiempo de respuesta, gestión y resolución.
  • En todo el proceso, los conceptos de facilidad, confidencialidad, seguridad y transparencia están asegurados.

Certificaciones/calidad

Preguntas frecuentes (FAQS)

La Ley 2/2023, de 20 de febrero, establece sanciones según la gravedad de la infracción y distingue entre persona física o jurídica. En concreto, cuando son personas jurídicas, las sanciones fijadas son las siguientes:

  • Leves: hasta 100.000 €. Cuando la remisión de información se haga de forma incompleta, de manera deliberada por parte del Responsable del Sistema a la Autoridad o fuera del plazo concedido para ello; o si no se colabora con la investigación de informaciones.
  • Graves: entre 100.001 y 600.000 €. En el caso de incumplimiento de la obligación de adoptar las medidas para garantizar la confidencialidad y secreto de las informaciones.
  • Muy graves: entre 600.001 y 1.000.000 €. Cuando se produce incumplimiento de la obligación de disponer de un sistema interno de información en los términos exigidos en la ley; se comunica o revela públicamente información a sabiendas de su falsedad; se vulnera las garantías de confidencialidad y anonimato; se adoptan represalias derivada de la comunicación frente a los informantes o las demás personas incluidas en el ámbito de protección; o se vulnera el deber de mantener secreto sobre cualquier aspecto relacionado con la información.

 

Además de lo anterior, en el caso de infracciones muy graves, la Autoridad Independiente de protección al informante (desde el momento en que haya sido finalmente constituida) podrá aplicar otras adicionales como amonestación pública, prohibición de obtener subvenciones u otros beneficios fiscales durante un plazo máximo de cuatro años o prohibición de contratar con el sector público durante un plazo máximo de tres años.

La Ley indica que es el denunciante quien debe decidir si quiere realizar su denuncia de forma anónima o no. Por ello, el denunciante debe tener ambas opciones disponibles al momento de hacer la denuncia.

A nivel interno se debe dar formación a su personal y a nivel externo deben publicar de forma visible el acceso al canal de denuncias en la página web de la compañía.

¿Necesitas implementar un canal de denuncia?

Ponte en contacto con nosotros y crearemos un canal de denuncias adaptado a tu empresa.

¡Recuerda que es obligatorio que lo tengas o puede acarrearte fuertes sanciones !

¡Llámanos ahora!

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